Bibliotecas

Catálogo en línea

Vista normal Vista MARC Vista ISBD

Análisis doctrinal sobre la facultad del juez prevista en el art. 24 inc. 4 del código procesal civil en relación al art. 25 inc. 3 de deberes previstos en la misma ley en relación a la igualdad de partes y el debido proceso

Por: Ovando Palenque, Maria Nieves.
Colaborador(es): Martínez Vargas, Olga Mary [Tutor].
Editor: Sucre, 2017Descripción: v, 38 p. : 31 cm. + 1 CD-ROM.Título traducido: Doctrinal analysis on the faculty of the judge provided in art. 24 inc. 4 of the civil procedure code in relation to art. 25 inc. 3 of duties provided for in the same law in relation to equality of parties and due process.Tema(s): Derecho Procesal Civil | Jurista | Procedimiento Legal
Contenidos:
Capítulo 1. Introducción, Capítulo 2. Sustento teórico, Capítulo 3. Análisis normativo, Capítulo 4. Conclusiones teóricas
Nota de disertación: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre (2017), Área de Derecho Resumen: El Estado como ente encargado de la administración de justicia, a través del Organo Judicial ha diseñado pautas de proceder para sus ciudadanos, compilados en leyes de mayor y menor jerarquía. Con la aplicación de la Ley 439 del código procesal civil, se ha puesto en marcha una serie de novedades que generan expectativa y preocupación en los juristas y profesionales de derecho a nivel nacional. Una de estas es referente a las facultades del juez, concretamente la de llamar a las partes, testigos, peritos, etc. para aclarar cualquier duda que tenga el juzgador en cualquier momento del proceso judicial antes de dictarse la sentencia y su relación con el principio de igualdad procesal cuyo resguardo también le compete a la misma autoridad. Este trabajo realiza un análisis jurídico de la relación entre estos dos puntos aparentemente controvertidos entre sí.Resumen: The State as the entity in charge of the administration of justice, through the Judicial Organ has designed guidelines for its citizens, compiled in laws of greater and lesser hierarchy. With the application of Law 439 of the civil procedural code, a series of novelties has been set in motion that generate expectation and concern among jurists and legal professionals at the national level. One of these is referring to the faculties of the judge, specifically that of calling parties, witnesses, experts, etc. to clarify any doubt that the judge has at any time during the judicial process before the judgment is issued and its relation to the principle of equality of procedure, whose protection also falls to the same authority. This work makes a legal analysis of the relationship between these two apparently controversial points among themselves.
Etiquetas de esta biblioteca: No hay etiquetas de esta biblioteca para este título. Ingresar para agregar etiquetas.
    valoración media: ( votos)
Tipo de ítem Ubicación actual Signatura Copia número Estado Fecha de vencimiento
Monografias Monografias Biblioteca UASB - Sucre
034M/2017 (Navegar estantería) Ej. 1 Disponible

Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre (2017), Diplomado Área de Derecho Chuquisaca

Capítulo 1. Introducción,
Capítulo 2. Sustento teórico,
Capítulo 3. Análisis normativo,
Capítulo 4. Conclusiones teóricas

El Estado como ente encargado de la administración de justicia, a través del Organo Judicial ha diseñado pautas de proceder para sus ciudadanos, compilados en leyes de mayor y menor jerarquía.

Con la aplicación de la Ley 439 del código procesal civil, se ha puesto en marcha una serie de novedades que generan expectativa y preocupación en los juristas y profesionales de derecho a nivel nacional. Una de estas es referente a las facultades del juez, concretamente la de llamar a las partes, testigos, peritos, etc. para aclarar cualquier duda que tenga el juzgador en cualquier momento del proceso judicial antes de dictarse la sentencia y su relación con el principio de igualdad procesal cuyo resguardo también le compete a la misma autoridad.

Este trabajo realiza un análisis jurídico de la relación entre estos dos puntos aparentemente controvertidos entre sí.

The State as the entity in charge of the administration of justice, through the Judicial Organ has designed guidelines for its citizens, compiled in laws of greater and lesser hierarchy.

With the application of Law 439 of the civil procedural code, a series of novelties has been set in motion that generate expectation and concern among jurists and legal professionals at the national level. One of these is referring to the faculties of the judge, specifically that of calling parties, witnesses, experts, etc. to clarify any doubt that the judge has at any time during the judicial process before the judgment is issued and its relation to the principle of equality of procedure, whose protection also falls to the same authority.

This work makes a legal analysis of the relationship between these two apparently controversial points among themselves.

No hay comentarios para este ítem.

Ingresar a su cuenta para colocar un comentario.

Haga clic en una imagen para verla en el visor de imágenes

Sede Central Sucre Calle Real Audiencia #73 • (591) 4 6460265 • jsaavedra@uasb.edu.bo
Sede Académica La Paz Calle San Salvador #1351 • (591) 2 2112230 • elimachi@uasb.edu.bo
Redes Sociales