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Observancia del principio de pluralismo jurídico con igualdad jerárquica a partir de la jurisprudencia del tribunal constitucional plurinacional en conflictos interjurisdiccionales de competencia

Por: Torrico Ortíz, Rocío Verónica.
Editor: Sucre, 2017Descripción: 119 p. : 31 cm. + 1 CD-ROM.Título traducido: Observance of the principle of legal pluralism with hierarchical equality based on the jurisprudence of the plurinational constitutional court in interjurisdictional conflicts of competence.Tema(s): Derecho Procesal Constitucional | Derecho Constitucional | Pluralismo Jurídico | Jurisdicción Indígena | Población Indígena
Contenidos:
Capítulo 1. Marco teórico, Capítulo 2. Diagnóstico
Nota de disertación: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre (2017), Área de Derecho Resumen: Bolivia desde su fundación fue un país que contaba con un pluralismo jurídico, debido a la preexistencia de pueblos y naciones indígenas en estas tierras desde mucho antes de la colonia española, sin embargo pasaron muchos años antes de que el estado boliviano les reconociera el derecho a ejercer libremente su jurisdicción en la resolución de conflictos suscitados en sus territorios; que bien es cierto, así venía sucediendo desde siempre, pero el Estado no lo reconocía como tal, sencillamente no se interesó en llegar a esos pueblos, quizá por descuido o por olvido. Ante esta situación de olvido de las naciones y pueblos indígenas en el mundo, el convenio 169 de la OIT les reconoció el derecho a su libre determinación y el derecho a ejercer sus sistemas jurídicos y ante este hecho los países partes del convenio con la obligación de incluir el convenio en su legislación, realizaron reformas constitucionales, y en el caso boliviano fue en el año 1994, año en el que se realizó el primer reconocimiento a estos pueblos indígenas a ejercer su jurisdicción y competencia en la resolución de sus conflictos Resumen: Bolivia since its founding was a country that had a legal pluralism, due to the pre-existence of indigenous peoples and nations in these lands long before the Spanish colony, however many years passed before the Bolivian state recognized their right to freely exercise its jurisdiction in the resolution of disputes arising in their territories; that is true, this has always been the case, but the State did not recognize it as such, it simply did not want to reach those people, perhaps through carelessness or forgetfulness. Faced with this situation of forgetfulness of the nations and indigenous peoples in the world, ILO Convention 169 recognized them the right to self-determination and the right to exercise their legal systems, and in view of this fact, the parties to the agreement with the obligation to include the agreement in their legislation, made constitutional reforms, and in the Bolivian case was in 1994, the year in which the first recognition was made to these indigenous peoples to exercise their jurisdiction and competence in the resolution of their conflicts
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Tipo de ítem Ubicación actual Colección Signatura Copia número Estado Fecha de vencimiento
Tesis Tesis Biblioteca UASB - Sucre
Tesis 041T/2017 (Navegar estantería) Ej. 1 Disponible

Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre (2017), Maestría Área de Derecho Maestría en Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional Chuquisaca

Capítulo 1. Marco teórico,
Capítulo 2. Diagnóstico

Bolivia desde su fundación fue un país que contaba con un pluralismo jurídico, debido a la preexistencia de pueblos y naciones indígenas en estas tierras desde mucho antes de la colonia española, sin embargo pasaron muchos años antes de que el estado boliviano les reconociera el derecho a ejercer libremente su jurisdicción en la resolución de conflictos suscitados en sus territorios; que bien es cierto, así venía sucediendo desde siempre, pero el Estado no lo reconocía como tal, sencillamente no se interesó en llegar a esos pueblos, quizá por descuido o por olvido.

Ante esta situación de olvido de las naciones y pueblos indígenas en el mundo, el convenio 169 de la OIT les reconoció el derecho a su libre determinación y el derecho a ejercer sus sistemas jurídicos y ante este hecho los países partes del convenio con la obligación de incluir el convenio en su legislación, realizaron reformas constitucionales, y en el caso boliviano fue en el año 1994, año en el que se realizó el primer reconocimiento a estos pueblos indígenas a ejercer su jurisdicción y competencia en la resolución de sus conflictos

Bolivia since its founding was a country that had a legal pluralism, due to the pre-existence of indigenous peoples and nations in these lands long before the Spanish colony, however many years passed before the Bolivian state recognized their right to freely exercise its jurisdiction in the resolution of disputes arising in their territories; that is true, this has always been the case, but the State did not recognize it as such, it simply did not want to reach those people, perhaps through carelessness or forgetfulness.

Faced with this situation of forgetfulness of the nations and indigenous peoples in the world, ILO Convention 169 recognized them the right to self-determination and the right to exercise their legal systems, and in view of this fact, the parties to the agreement with the obligation to include the agreement in their legislation, made constitutional reforms, and in the Bolivian case was in 1994, the year in which the first recognition was made to these indigenous peoples to exercise their jurisdiction and competence in the resolution of their conflicts

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