Propuesta de incorporación del certificado médico de no gestación como requisito fundamental en la ley n° 483 para los divorcios por vía notarial
Por: Moscoso Fanola, Daniel Arturo.
Editor: Sucre, Bolivia : Universidad Andina Simón Bolívar, 2021Descripción: v, 41 p. : il. ; 30 cm + 1 CD.Tipo de contenido: text Tipo de medio: unmediated Tipo de portador: computer discTítulo traducido: Proposal for the incorporation of the medical certificate of non-pregnancy as a fundamental requirement in Law No. 483 for notarial divorces.Tema(s): Certificado médico de no gestación | Diplomado en Derechos de La Niñez y Adolescencia | Divorcios por vía notarial | Ley N° 483Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento |
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Monografias | Biblioteca UASB - Sucre | Monografía | 007M-2021 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible |
Monografía (Diplomado) Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre, 2021 Diplomado Área de Derecho Diplomado en Derechos de la Niñez y Adolescencia Chuquisaca
Bibliografía: p. 42-43
1. Introducción -- 2. Marco referencial -- 3. Marco metodológico -- 4. Normativa aplicable -- 5. Propuesta -- 6. Conclusiones -- 7. Bibliografía
Con la presente investigación se pretende poner al descubierto un vacío legal que tiene la Ley N° 483 con referente a los requisitos de divorcio como ser el certificado de no gestación no figura en la Ley lo que transgrede La Ley N° 603 ARTÍCULO 220. (PRINCIPIOS DEL PROCESO FAMILIAR. “I) Protección de las Familias Por el que prima en los procesos la protección a la familia y las relaciones entre sus miembros, la tutela sus derechos y la pronta resolución del conflicto” y a su vez el ARTÍCULO 35. (DERECHO A LA FAMILIA). De la Ley N° 548.
With the present investigation we intend to uncover a legal void in Law No. 483 regarding the requirements for divorce, such as the certificate of non-pregnancy, which does not appear in the Law, which transgresses Law No. 603 ARTICLE 220. (PRINCIPLES OF FAMILY PROCEDURE. "I) Protection of Families, whereby the protection of the family and the relations between its members, the protection of their rights and the prompt resolution of the conflict" and in turn ARTICLE 35 (RIGHT TO THE FAMILY). Of Law No. 548.
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