Tesis, el recurso directo de nulidad es un control de la constitucionalidad o es un control de legalidad por las atribuciones ejercidas indebidamente por titulares de órganos del estado en leyes y decretos supremos
Por: Flores Durán, Ninoska Ledy.
Colaborador(es): Baptista Morales, José Luis [Tutor].
Editor: Sucre, 2006Tipo de contenido: texto Tipo de medio: no mediado Tipo de portador: disco de computadoraTítulo traducido: Thesis, direct action for annulment is a control of constitutionality or legality control powers exercised by holders unduly organs of state laws and executive decrees.Tema(s): Constitución | Recurso Directo de Nulidad | Leyes | Control de ConstitucionalidadTipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento |
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Tesis | Biblioteca UASB - Sucre | General | 00104T/2006 (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible |
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Universidad Andina Simón Bolívar (2006), Maestría Área de Derecho Maestría en Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional Chuquisaca
Capítulo 1. El control de constitucionalidad, fines y estructura del tribunal constitucional boliviano
Capítulo 2. Antecedentes históricos del recurso directo de nulidad
Capítulo 3. El recurso directo de nulidad en la ley del tribunal constitucional
Capítulo 4. Control del ejercicio del poder político y naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
El tribunal constitucional es el órgano que tiene la atribución de ejercer un control de la constitucionalidad de leyes, decretos supremos, resoluciones camarales, etc., tal misión siempre fue objeto de numerosas críticas que fueron contra el carácter vinculante de sus resoluciones, provenientes del poder judicial. El objetivo del presente trabajo es el de señalar concretamente un procedimiento que a nuestra consideración no debería ser competencia del Tribunal. Uno por razón de materia, ya que se trata de un control generalmente de legalidad (con algunas contadas excepciones) y no de constitucionalidad
The constitutional court is the body that has the authority to exercise control over the constitutionality of laws, supreme decrees, chamber resolutions, etc., and this mission has always been the object of numerous criticisms that were against the binding nature of its resolutions, judicial. The purpose of the present work is to specifically indicate a procedure that for our consideration should not be the jurisdiction of the Court. One by reason of matter, since it is a question of a general control of legality (with a few exceptions) and not of constitutionality
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