Justificación de la necesidad de la derogación del numeral 6 del art. 293 del código procesal civil a la exclusión de la conciliación previa del demandado cuando este tuviera su domicilio en jurisdicción departamental distinta al lugar donde se promueve la demanda
Tipo de material:
TextoSucre, Bolivia : Universidad Andina Simón Bolívar, 2017Descripción: 33 p. ; 31 cm. + 1 CD-ROMTipo de contenido: - texto
- sin mediación
- volumen
- 00017M (UASB-Central)
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| Monografías | Biblioteca UASB - Sede Central Estantería general | Monografías | 00017M/2017 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | SU002407 |
Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Central Sucre 2017
Capítulo 1. Introducción, Capítulo 2. Sustento teórico, Capítulo 3. Análisis normativo, Capítulo 4. Conclusiones
El Estado Plurinacional de Bolivia está atravesando un proceso de transición de la implementación de los denominados Códigos Morales, y entre estos la implementación del código procesal civil aprobado mediante Ley 439 de fecha 19 de noviembre de 2013. Este cuerpo normativo trae consigo un elemento fundamental e innovador que es la implementación de la conciliación previa en sede judicial procesal civil y garantizar el acceso a la justicia de manera pronta y oportuna a través de la implementación de la conciliación como primera actuación dentro del proceso civil
The Plurinational State of Bolivia is undergoing a process of transition from the implementation of the so-called Moral Codes, and among them the implementation of the civil procedural code approved by Law 439 dated November 19, 2013. This normative body brings with it a fundamental element and which is the implementation of the previous conciliation in civil procedural court and guarantee access to justice in a prompt and timely manner through the implementation of the conciliation as the first action within the civil process

