Reglamento del procedimiento administrativo disciplinario para las direcciones departamentales de educación
Tipo de material:
TextoSucre, Bolivia : Universidad Andina Simón Bolívar, 2013Descripción: 149 p. : ilustraciones ; 29 cm. + 1 CD-ROMTipo de contenido: - texto
- sin mediación
- volumen
- 00078T (UASB-Central)
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| Tesis | Biblioteca UASB - Sede La Paz Estantería general | Tesis | TD-135 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 3 | Disponible | LP001175 |
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Tesis (Maestría)-- Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Académica La Paz 2013
Capítulo 1. Contextualización del estudio, Capítulo 2. Marco histórico, Capítulo 3. Marco teórico, Capítulo 4. Marco jurídico, Capítulo 5. Presentación de resultados, Capítulo 6. Propuesta: reglamentación de procedimiento administrativo disciplinario para las direcciones departamentales de educación, Capítulo 7. Conclusiones y recomendaciones
El control de la actividad de la administración es la base de un estado de derecho, las vías jurídicas para permitir el sometimiento de las funcionarios públicos a la ley son las que dan garantía del ejercicio legítimo de la soberanía por parte del Estado. La actividad de la administración que se pretende controlar no es más que la actividad de los funcionarios públicos que dinamizan la función pública, que son quienes materializan en la realidad el cumplimiento de los fines del Estado. Por otra parte, la relación de los funcionarios públicos con la administración está basada sobre la función pública que estas personas cumplen, con los fines de interés general que los informan, creándose una especial relación de sujeción respecto de dichos funcionarios con el Estado. Este es el primer fundamento de la existencia de controles especiales para la conducta de quienes cumplen función pública, consecuencia de lo anterior es la existencia de la normativa disciplinaria
The control of the activity of the administration is the basis of a state of law, the legal channels to allow the submission of public officials to the law are those that guarantee the legitimate exercise of sovereignty by the State. The activity of the administration that is intended to control is nothing more than the activity of the public officials who dynamize the public function, who are those who materialize in reality the fulfillment of the ends of the State. On the other hand, the relation of public officials to the administration is based on the public function that these people fulfill, for the purposes of general interest that inform them, creating a special relation of subjection with respect to these officials with the State. This is the first basis for the existence of special controls for the conduct of those who perform public duties, as a consequence of the above is the existence of the disciplinary regulations

