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Recuperación de débitos de los ex entes gestores de la seguridad social a largo plazo

Por: Colaborador(es): Tipo de material: Texto Universidad Andina Simón Bolívar, 2024Descripción: v; 98 paginas: graficas, 28 cmTipo de contenido:
  • texto
Tipo de medio:
  • sin mediación
Tipo de soporte:
  • volumen
Título traducido: Recovery of debts from former social security management bodies in the long termÁrea: Área de EconomíaNombre del programa: Maestría en Finanzas y Proyectos EmpresarialesTema(s): Otra clasificación:
  • TE-324
Contenidos:
Capítulo 1: Introducción, Capítulo 2: Justificación, Capítulo 3: Planteamiento del problema, Capítulo 4: Hipótesis, Capítulo 5: Objetivos de la investigación, Capítulo 6: Metodología, Capítulo 7: Alcance, Capítulo 8: Marco teórico, Capítulo 9: Marco practico, Capítulo 10: Universo y muestra, Capítulo 11: Resultados, Capítulo 12: Conclusiones, Capítulo 13: Recomendaciones, Capítulo 14: Bibliografía Capítulo 15: Capítulo 16:
Nota de disertación: Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Académica La Paz 2024 Resumen: El objetivo de la creación de los Fondos complementarios de Seguridad Social fue el dar cobertura a las prestaciones de Invalidez, vejez y muerte principalmente. A efectos de cumplir los objetivos se auto financiaba con los aportes de sus trabajadores de un porcentaje que determinaba el Directorio de cada Fondo.A partir de la promulgación de la Ley 1732 de pensiones de fecha 29 de noviembre de 1996 los Fondos Complementarios de Seguridad Social cesaron en sus actividades y a la cobertura que prestaba a sus afiliados, por un lado, el Art. 55 y 56 de la Ley de Pensiones dispuso que esos Entes Gestores pasen a ser liquidadas por un Liquidador designados por la Secretaria Nacional de Pensiones bajo la tuición de la Unidad de Reordenamiento. El Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo N° 25858, de 16 de diciembre de 2005, autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los Entes Gestores de Seguridad Social, cerrar definitivamente y declarar la liquidación total de los 27 ex Fondos Complementarios de Seguridad Social, según lo dispuesto por el Artículo 56° de la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996Resumen: The objective of the creation of the Complementary Social Security Funds was to provide coverage for disability, old age and death benefits mainly. In order to meet these objectives, they were self-financed with contributions from their workers, a percentage determined by the Board of Directors of each Fund. Since the promulgation of Law 1732 on pensions dated November 29, 1996, the Complementary Social Security Funds ceased their activities and the coverage they provided to their members. On the one hand, Articles 55 and 56 of the Pension Law provided that these Managing Entities be liquidated by a Liquidator appointed by the National Secretariat of Pensions under the supervision of the Reorganization Unit. The Executive Branch, through Supreme Decree No. 25858 of December 16, 2005, authorized the Ministry of Economy and Public Finance, through the Liquidator of the Social Security Management Entities, to definitively close and declare the total liquidation of the 27 former Social Security Complementary Funds, as provided for in Article 56 of the Pension Law No. 1732 of November 29, 1996.
Existencias
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Tesis Biblioteca UASB - Sede La Paz TE-324 (Navegar estantería(Abre debajo)) Ej.1 Disponible LP004166
Tesis Biblioteca UASB - Sede La Paz TE-324 (Navegar estantería(Abre debajo)) Ej.2 Disponible LP004167

Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Académica La Paz 2024

Contiene bibliografía: pagina 48

Capítulo 1: Introducción, Capítulo 2: Justificación, Capítulo 3: Planteamiento del problema, Capítulo 4: Hipótesis, Capítulo 5: Objetivos de la investigación, Capítulo 6: Metodología, Capítulo 7: Alcance, Capítulo 8: Marco teórico, Capítulo 9: Marco practico, Capítulo 10: Universo y muestra, Capítulo 11: Resultados, Capítulo 12: Conclusiones, Capítulo 13: Recomendaciones, Capítulo 14: Bibliografía Capítulo 15: Capítulo 16:

El objetivo de la creación de los Fondos complementarios de Seguridad Social fue el dar cobertura a las prestaciones de Invalidez, vejez y muerte principalmente. A efectos de cumplir los objetivos se auto financiaba con los aportes de sus trabajadores de un porcentaje que determinaba el Directorio de cada Fondo.A partir de la promulgación de la Ley 1732 de pensiones de fecha 29 de noviembre de 1996 los Fondos Complementarios de Seguridad Social cesaron en sus actividades y a la cobertura que prestaba a sus afiliados, por un lado, el Art. 55 y 56 de la Ley de Pensiones dispuso que esos Entes Gestores pasen a ser liquidadas por un Liquidador designados por la Secretaria Nacional de Pensiones bajo la tuición de la Unidad de Reordenamiento. El Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo N° 25858, de 16 de diciembre de 2005, autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Liquidador de los Entes Gestores de Seguridad Social, cerrar definitivamente y declarar la liquidación total de los 27 ex Fondos Complementarios de Seguridad Social, según lo dispuesto por el Artículo 56° de la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996

The objective of the creation of the Complementary Social Security Funds was to provide coverage for disability, old age and death benefits mainly. In order to meet these objectives, they were self-financed with contributions from their workers, a percentage determined by the Board of Directors of each Fund. Since the promulgation of Law 1732 on pensions dated November 29, 1996, the Complementary Social Security Funds ceased their activities and the coverage they provided to their members. On the one hand, Articles 55 and 56 of the Pension Law provided that these Managing Entities be liquidated by a Liquidator appointed by the National Secretariat of Pensions under the supervision of the Reorganization Unit. The Executive Branch, through Supreme Decree No. 25858 of December 16, 2005, authorized the Ministry of Economy and Public Finance, through the Liquidator of the Social Security Management Entities, to definitively close and declare the total liquidation of the 27 former Social Security Complementary Funds, as provided for in Article 56 of the Pension Law No. 1732 of November 29, 1996.

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